Entradas

Mostrando entradas de agosto, 2021

PACTO DE SUMISIÓN Y CONFLICTOS DE LA COMPETENCIA

  EL PACTO DE SUMISIÓN Para entender de mejor manera lo que es el Pacto de Sumisión, debemos remitirnos al Artículo 2 del Código Procesal Civil y Mercantil, el que nos indica: Artículo 2o. (Pacto de sumisión).  Las partes pueden someter expresa o tácitamente a un juez distinto del competente por razón de territorio, el conocimiento y decisión de un asunto determinado. En ningún caso podrán someterse las partes a un juez o Tribunal Superior, distinto de aquél a quien esté subordinado el que haya conocido en Primera Instancia. Eduardo Pallarés, define la prórroga de competencia o pacto de sumisión, como “el acto tácito o expreso de las partes, por virtud del cual hacen competente a un juez, que, conforme a las reglas generales de la competencia, no lo es para conocer del juicio sino cuando aquéllas se someten a su jurisdicción”. El Artículo dos del Código Procesal Civil y Mercantil, regula el pacto de sumisión de la siguiente manera: (Pacto de sumisión). Las partes pueden someter